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Order (Auto)October 2, 2024

A- de 2024

The official text of this ruling is in Spanish and is shown as published by the Colombian authorities.

Reporting justice Juan Carlos Cortés González

✓Claimant Deluque Blanquicet Jorge Mario·Respondent Ese Hospital Municipal San Roque

✓
Topic · hard data
Proceso Ejecutivo Con Base En Un Acto Administrativo Que Aprobó La Liquidación De Acreencias Laborales.
01

Topics and subtopics of the ruling

✓What the ruling decides and analyzes, as indexed by the Court's case-law reporter's office. Each topic links to every decision that addresses it.

Competencia De La Jurisdicción Ordinaria Laboral
  • Procesos ejecutivos en los que se pretende el pago de acreencias laborales reconocidas mediante actos administrativos
1 topic · 1 subtopic · source: case-law reporter's topic index
Case-law reporter's summary (what was argued and decided, in prose)

Conflicto negativo de competencia entre jurisdicciones, suscitado entre el Juzgado Veintidós Administrativo Oral de Medellín y el Juzgado Promiscuo del Circuito de Cisneros (Antioquia).

Es causa de la controversia, una demanda ejecutiva presentada por un ciudadano, en contra de la E.S.E.

Hospital Municipal San Roque (Antioquia), con el fin de solicitar la expedición de mandamiento de pago de valores correspondientes a la liquidación de sus acreencias laborales insolutas.

Luego de verificar el cumplimiento de los presupuestos subjetivo, objetivo y normativo para la configuración de un verdadero conflicto entre jurisdicciones, la Sala Plena advierte que el título ejecutivo presentado no se enmarca dentro de los previstos como ejecutables ante la jurisdicción de lo contencioso administrativo conforme el artículo 104 del CPACA, dado que ningún título referido por el accionante deriva de condenas impuestas a la administración por los jueces de esa jurisdicción, conciliaciones aprobadas, laudos arbitrales o contratos celebrados con entidades estatales.

El hecho de que el demandante fuera un empleado público o no, dice la Corte, no incide para efectos de determinar la competencia en el presente asunto, toda vez que nada se discute con respecto al referido vínculo laboral, sino que se reclama exclusivamente el pago de unas acreencias laborales previamente reconocidas.

Así las cosas, la Sala considera pertinente resolver en reiteración de la regla de decisión del Auto 673 de 2021, según la cual, los procesos ejecutivos en los que se pretenda ejecutar obligaciones de origen laboral o de la seguridad social que no se enmarquen dentro de las hipótesis señaladas en el numeral 6º del artículo 104 de la Ley 1437 de 2011, corresponden a la jurisdicción ordinaria, en su especialidad laboral, de acuerdo con los artículos 12 de la Ley 270 de 1996 y 2.5 y 100 del Código Procesal del Trabajo y de la Seguridad Social.

Consecuentemente, la Corte dispone el envío del expediente al Juzgado Promiscuo del Circuito de Cisneros para lo de su competencia.

Case-law reporter's text · normalized for reading (all caps → sentence case)
02

What it decided

This decision records no constitutional review holdings. This is common in tutela rulings and orders, where the decision does not concern a legal provision.
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Operative part (Resuelve)

✓Verbatim text of the decision, as it appears in the ruling. It complements the structured holdings above.

See the operative part (2 points)
  1. PRIMERO. DIRIMIR el conflicto negativo de competencia entre jurisdicciones suscitado entre el Juzgado Veintidós Administrativo Oral de Medellín y el Juzgado Promiscuo del Circuito de Cisneros, en el sentido de DECLARAR que el Juzgado Promiscuo del Circuito de Cisneros es la autoridad competente para conocer la demanda presentada por Jorge Mario Deluque Blanquicet contra la E.S.E. Hospital Municipal San Roque.
  2. SEGUNDO. Por intermedio de la Secretaría General de la Corte Constitucional, REMITIR el expediente CJU-5832 al Juzgado Promiscuo del Circuito de Cisneros para lo de su competencia y para que comunique la presente providencia al Juzgado Veintidós Administrativo Oral de Medellín y a los interesados en este trámite.
Verbatim text · source: operative part of the ruling
03

The bench that decided

We distinguish who appears in the ruling (signature, vote or concurrence) from who probably sat on the Court on that date. The difference is shown by color and shape.

04

How it connects

Each decision is a node in the case-law network: it cites some and is cited by others. Follow the threads.

The document’s networkthe most influential links · node size is how often the Court cites it
constitutional review unification tutela

The indexed topics and subtopics of this decision are above, in Topics and subtopics of the ruling.